Project Description
Erradicación del castigo físico y humillante
El Comité de los Derechos del Niño de la Organización de las Naciones Unidas, en su Observación General No. 8 (2006), define el castigo corporal o físico como todo acto en el que se utilice la fuerza física y que tenga por objeto causar cierto grado de dolor o malestar, aunque sea leve. En la mayoría de los casos se trata de golpear a los niños o niñas con la mano o con algún objeto – azote, vara, cinturón, zapato, cuchara de madera, etc. -, pero también puede consistir en, por ejemplo, dar puntapiés, zarandear o empujar a los niños o niñas, arañarlos, pellizcarlos, morderlos, jalarles el pelo o de las orejas, obligarlos a ponerse en posturas incómodas, producirles quemaduras, obligarlos a ingerir alimentos hirviendo u otros productos (por ejemplo, lavarles la boca con jabón u obligarlos a tragar alimentos picantes).
El Comité opina que el castigo físico es siempre degradante. Además, hay otras formas de castigo que no son físicas, pero que son igualmente crueles y degradantes, y por lo tanto incompatibles con la Convención sobre los Derechos del Niño. Entre éstas se cuentan, por ejemplo, los castigos en que se menosprecia, se humilla, se denigra, se amenaza, se asusta o se ridiculiza al niño o niña.
Contexto
Diversas investigaciones muestran que el castigo físico y humillante es perjudicial para el desarrollo de los niños y niñas, pudiéndoles ocasionar graves daños físicos y mentales, incluidos los efectos negativos sobre el desarrollo del cerebro, el dolor crónico y la depresión. Además, daña las relaciones familiares y le enseña a la niñez que es aceptable usar la violencia para resolver conflictos.
Sin embargo, el castigo físico y humillante es una de las formas de violencia cotidiana que se ha normalizado, afectando a millones de niños, niñas y adolescentes en todo el mundo, y desde luego en América Latina y el Caribe. La aceptación social y legal del castigo físico y humillante contra los niños y niñas es un factor que frecuentemente hace que la violencia pase inadvertida o no sea denunciada.
En la actualidad 10 Estados en América Latina y el Caribe han prohibido de forma total el castigo físico y humillante, en todos los contextos, incluido en el hogar, mientras que seis Estados lo han prohibido en algunos contextos. Cinco gobiernos se han comprometido a su prohibición total y comparado con otros continentes América Latina ha logrado mayor cobertura de prohibición, en gran medida debido a la incidencia política y campañas de sensibilización de la sociedad civil.
Marco normativo
El artículo 19 de la Convención sobre los Derechos del Niño declara que el Estado debe “proteger al niño contra toda forma de perjuicio o abuso físico y mental”; el artículo 28 que “Los Estados Partes adoptarán cuantas medidas sean adecuadas para velar por que la disciplina escolar se administre de modo compatible con la dignidad humana del niño y de conformidad con la presente Convención”; el 37 que “ningún niño sea sometido a torturas ni a otros tratos o penas crueles, inhumanos o degradantes”. El Comité de los Derechos del Niño siempre ha considerado que estos artículos llaman a la reforma legal para prohibir el castigo físico en todas sus formas, no sólo en las escuelas sino en todos los ámbitos en los que se desenvuelven los niños, niñas y adolescentes. En adicción, en el Comentario General Nro. 8, el Comité profundiza sobre medidas y mecanismos requeridos para eliminar los castigos físicos y otras formas crueles y degradantes.
Respuesta
La protección legal de las niñas, niños y adolescentes para prevenir el castigo físico y humillante en todas sus formas es un derecho y su prohibición es fundamental para hacer realidad sus derechos de manera integral.
Sabemos que la prohibición no es suficiente para cambiar las normas sociales y los comportamientos que perpetúan la violencia, pero sí una condición necesaria para ese cambio de paradigma.
La prohibición, acompañada de las medidas apropiadas para concientizar a la sociedad y hacer que la ley se cumpla, junto con la promoción de métodos positivos, no violentos de inculcar disciplina, es la manera más eficaz de cambiar la mentalidad prevalente y la única de hacer que se respete el derecho de las niñas, niños y adolescentes a estar protegidos.
Nuestros Objetivos
1.
Los Estados cuentan con leyes para la prohibición del castigo físico y humillante en todos los ámbitos y con políticas públicas a favor de la disciplina positiva.
2.
Organización de la sociedad civil inciden para la prohibición legal del castigo físico y humillante y el desarrollo de políticas públicas de disciplina positiva, sensibilizan sobre los efectos negativos del castigo físico y humillante y promueven un cambio de comportamiento de la sociedad.
3.
Niños, niñas y adolescentes y sus comunidades son agentes de cambio que rechazan el castigo físico y humillante y promueven y aplican la disciplina positiva.
Nuestras estrategias
Incidencia
Incidir ante los órganos regionales y sub-regionales, tal como MERCOSUR, SICA, PARLACEN, CARICOM, para incluir la prohibición del castigo físico y humillante y la promoción de la disciplina positiva en sus agendas políticas.
Fortalecimiento de capacidades de operadores del Estado
Incluir a operadores del Estado de nivel nacional, sub-nacional y municipal en las formaciones de la metodología de disciplina positiva en la crianza cotidiana.
Generación de información y transferencia de conocimiento
Sistematización de buenas prácticas y creación de un parámetro para que los Estados que aún no tienen leyes, políticas y programas sientan presión o inspiración.
Desarrollo de herramientas de monitoreo y medición
Usar la herramienta desarrollada por la Universidad de Manitoba para la medición del impacto del uso de la Metodología Disciplina Positiva en la Crianza Cotidiana para poder basar la incidencia en datos confiables y comparativos.
Creación de alianzas estrategias
Desarrollar alianzas con otros sectores como los medios de comunicación, la iglesia, empresas privadas, gremios y sindicatos.
Empoderar, sensibilizar y movilizar
Desarrollar campañas de sensibilización para eliminar el castigo y promover la disciplina positiva, con la participación activa de los niños, niñas y adolescentes. Promover consultas con niños, niñas y adolescentes para conocer el impacto de éste en sus vidas y posicionar sus voces en diversos espacios de toma de decisión. Además, empoderar a los niños, niñas y adolescentes como agentes de cambio para que conozcan y difundan sus derechos, y sobre todo promuevan la prohibición del castigo.
Publicaciones
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